Rentas de fuente extranjera:
Si
como no domiciliado percibes rentas de cuarta categoría por la prestación de
tus servicios de manera independiente, el usuario de tus servicios que tenga la
condición de domiciliado, aplicará la retención del 30% sobre la renta neta (es
decir deduciendo el 20% del ingreso del no domiciliado) y el usuario de los
servicios realizará la declaración y pago mediante su PDT de Planilla Electrónica – PLAME.
Datos antes de declarar tu declaración jurada.
Están
obligados a presentar esta declaración las personas naturales cuya suma de
rentas como profesional independiente (cuarta categoría), trabajo dependiente
en planilla (quinta categoría) e ingresos obtenidos por servicios fuera del
país (renta de fuente extranjera) hayan superado, en el 2017, los aprox. Los S/35,000.00

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